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Municipio de Quito presenta nuevas medidas que regirán a partir del 13 de septiembre


A pocos días que finalice el estado de excepción en el país, el Municipio de Quito presentó el plan de movilidad y nuevas reglas que regirán a partir del 13 de septiembre para evitar la propagación del coronavirus.


Este viernes, el alcalde de Quito, Jorge Yunda aseguró que las nuevas medidas tienen un objetivo claro: la reactivación económica y regularización paulatina de actividades ya que los índices de desempleo van en aumento.


“Seguiremos tomando decisiones para que el sector productivo, los comerciantes, los pequeños emprendedores, sigan teniendo la oportunidad de reactivar negocios. No hay economía que soporte o aguante el encierro, la inmovilidad”, sostuvo Yunda.


El burgomaestre manifestó que las medidas se irán liberando “mientras monitoreamos el comportamiento del virus, la curva epidemiológica, la disponibilidad del sistema sanitario”.


El plan de restricción vehicular para la ciudad de Quito comprende que en los meses impares (enero, marzo, mayo, julio, septiembre, y noviembre) la distribución será de la siguiente manera según el día de la semana y el último dígito de la placa habilitado para circular:


- Lunes, miércoles y viernes: 1, 3, 5, 7 y 9

- Martes, jueves y sábado: 2, 4, 6, 8 y 0

- Domingo: Todos los dígitos

- Feriados: Todos los dígitos


En meses pares, (febrero, abril, junio, agosto, octubre y diciembre), la distribución será de esta manera según el día de la semana y el último dígito de la placa habilitado para circular:


- Lunes, miércoles y viernes: 2, 4, 6, 8 y 0

- Martes, jueves y sábado: 1, 3, 5, 7 y 9

- Domingo: Todos los dígitos

- Feriados: Todos los dígitos


Los vehículos que no necesiten salvoconducto serán aquellos en los que sus ocupantes justifiquen y presenten licencia de conducir y credencial institucional, laboral o profesional o cualquier otro documento que acredite encontrarse en la situación de excepción.


Los salvoconductos tendrán funcionamiento hasta el 31 de octubre y serán emitidos por el Distrito Metropolitano de Quito.


Desde el 24 de septiembre de habilitará una página web desde donde la ciudadanía que necesita circular sin restricción puede obtener el documento.


La sanción por no acatar con el plan de restricción vehicular será una multa del 50% del sueldo básico unificado y la retención del vehículo.


Mientras tanto, el transporte público tendrá un aforo máximo del 50% de cada unidad y de conformidad con el protocolo emitido por la Secretaria de Movilidad.


Las Terminales terrestres operarán, al tratarse de transporte intraprovincial e interprovincial, en cumplimiento de los protocolos de bioseguridad, con aforo máximo del 50%.


Los Centros comerciales, cines, teatros, auditorios podrán tener un aforo del 50%.


Bares, discotecas y gimnasios seguirán suspendidos en todo el Distrito Metropolitano de Quito.

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