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Ley de Apoyo Humanitario ya consta en el Registro Oficial


Desde este lunes entra en vigencia la Ley de Apoyo Humanitario tras su publicación en el Registro Oficial.


La nueva normativa, que tiene 33 artículos, establece medidas compensatorias para enfrentar la emergencia sanitaria por el COVID-19 así como para la reactivación productiva.


En esta Ley se incluye que los despidos de los trabajadores por la causal de fuerza mayor o caso fortuito estarán ligados al cese total o definitivo de la actividad económica del empleador.


Con lo aprobado por la Asamblea, la interpretación al numeral 6 del artículo 169, del Código del Trabajo, queda en el siguiente sentido: “En estos casos, la imposibilidad de realizar el trabajo por caso fortuito o fuerza mayor estará ligada al cese total y definitivo de la actividad económica del empleador, sea persona natural o jurídica. Esto quiere decir, que habrá imposibilidad cuando el trabajo no se pueda llevar a cabo tanto por los medios físicos habituales como por medios alternativos que permitan su ejecución, ni aún por medios telemáticos.”


Otro de los temas en los que la legislatura insistió tiene relación con la prohibición del incremento en las tarifas de los servicios básicos por un año, y además se prohíbe suspender el servicio por falta de pago incluyendo telecomunicaciones e internet.


Respecto a los allanamientos, la Asamblea acogió la propuesta del Ejecutivo sobre una rebaja de hasta un 25% en las pensiones de los establecimientos educativos desde educación inicial hasta las universidades siempre que los representantes de los alumnos justifiquen que perdieron su empleo o disminuyeron sus ingresos.

Durante el debate generado en el Pleno, hubo legisladores que mencionaron que la Ley pudo ser mejor y contener aspectos que entreguen mayores beneficios a los sectores vulnerables, reconocieron que la ley contempla incentivos y la entrega de créditos para los sectores productivos, lo que permitirá crear nuevos emprendimientos y reactivar la economía del país.

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