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DGAC aprobó reglamento para el uso de drones en el país


Este martes 24 de noviembre de 2020, la Dirección General de Aviación Civil (DGAC) emitió el reglamento para el uso de los drones en el país.


El Reglamento de Operaciones de Aeronaves Pilotadas a Distancia (RPAs), prohibió utilizarlos a menos de nueve kilómetros de distancia, la altura máxima de vuelo será de 400 pies (122 metros) sobre el terreno.


Dicho reglamento, aplica a las aeronaves cuyo peso máximo de despegue sea superior a 0,25 kilogramos y menor o igual a 150 kilogramos.


Según el documento las horas permitidas para operar son entre “la salida y puesta del sol” y en condiciones adecuadas para ser visibles.


Asimismo, la DGAC obliga a los propietarios de los drones a registrar el artefacto y a contar con un seguro para responder por daños causados a terceros como resultado de sus actividades de vuelo. El monto iría desde $3.000 a 12.000 dependiendo del peso máximo de despegue.


Los drones no podrán ser operados en las cercanías de Aeródromos, zonas de seguridad del Estado, helipuertos, zonas intangibles, entre otras zonas.

 
 
 

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