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Defensoría del Pueblo debe pedir disculpas públicas



Este martes 11 de febrero de 2020, por unanimidad, el Tribunal de Garantías Penales determinó que la Defensoría del Pueblo debe disculparse públicamente con una de sus trabajadoras por vulnerar los derechos de su hija.


Mariela Zhingri trabaja en la coordinación zonal 6 de la Defensoría del Pueblo como especialista de DD. HH. y de la Naturaleza. El 17 de diciembre pasado solicitó dos días de permiso, con cargo a vacaciones, para llevar a su hija adolescente a un médico. Esto le fue negado y por eso interpuso una acción de protección en contra de la coordinadora zonal 6, Verónica Aguirre, que finalmente resultó a favor de la trabajadora el pasado 4 de febrero.


El tribunal informó que Defensoría no veló por los derechos de la menor, que necesitaba la compañía de su madre para atender un complejo estado de salud. Los jueces Carlos Tamariz, Luis Flores y Pedro Ordóñez determinaron que “se vulneró de manera indirecta el derecho de la menor Ariana A. Z., quien al pertenecer a un grupo de atención prioritaria tiene un estatus de protección reforzada, que indudablemente debió ser ponderado ante la necesidad institucional fundamentada en la referida negativa; con cuyo actuar se evidencia también la vulneración de los derechos constitucionales como la atención a un grupo vulnerable y de atención prioritaria”.


Tras dar paso a la acción de protección, el Tribunal ordenó al defensor nacional, Freddy Carrión, y la coordinadora zonal 6 que se garantice el derecho de la menor a la salud y a la atención prioritaria, permitiendo que su madre acuda con ella a las visitas médicas y exámenes requeridos cuando se realicen obligatoriamente dentro de la jornada laboral.


Además, como una medida simbólica de reparación, deberán ofrecer disculpas públicas en un periódico de circulación nacional y en un lugar visible de su página web. Pero el mismo día de la audiencia la Defensoría apeló la resolución, según consta en el portal web de la Función Judicial del Azuay.


Sin embargo, el abogado defensor de la menor, Juan Carlos Cordero, recordó que la Defensoría debe cumplir inmediatamente lo ordenado porque así lo dispone el artículo 24 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales.

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