top of page

CNE aprueba reglamento para selección de miembros y conformación de Juntas Receptoras del Voto


El pleno del Consejo Nacional Electoral, este jueves 3 de septiembre del 2020, aprobó el Reglamento para la Selección, Conformación, Funcionamiento y Reconocimiento de Incentivos a los Miembros de las Juntas Receptoras del Voto (MJRV)


Con este reglamento se define los procedimientos para la selección, notificación, capacitación, funcionamiento y reconocimiento de incentivos que integraran las Juntas Receptoras del Voto (JRV), en procesos electorales, dentro del país y en el exterior.


Además, los miembros del CNE definieron la principal función de los MJRV, que es la de recibir los sufragios y efectuar el proceso de escrutinios, con total independencia y parcialidad. Asimismo, indica que los ciudadanos deberán cumplir los siguientes requisitos: ser ecuatoriano; tener entre 18 y 60 años de edad; haber concluido la instrucción general básica; estar en goce de los derechos políticos o de participación; y constar en el registro electoral de la respectiva junta.


Mientras que para seleccionar a los miembros que estarán en las JRV, la Coordinación Nacional Técnica de Procesos Electorales solicitará el listado general, por provincia, de funcionarios de instituciones públicas, trabajadores de empresas privadas, nombres de docentes y estudiantes de instituciones educativas (nivel de instrucción medio y superior) y listado de ciudadanos residentes en zonas rurales que hayan terminado la instrucción primaria.


En cuanto a las Juntas Receptoras del Voto en el exterior, se conformarán por ciudadanos voluntarios, ciudadanos que participaron en procesos anteriores, y los funcionarios ecuatorianos que laboren en las oficinas consulares del Ecuador en el exterior. Los integrantes serán designados por la Junta Especial en el exterior.

Opmerkingen


bottom of page