CJ no podrá sancionar o destituir a jueces sin resolución de la Corte Constitucional
- Daniela Coral Castillo
- 24 ago 2020
- 1 Min. de lectura

El Consejo de la Judicatura que no podrá sancionar o destituir a un juez, fiscal o defensor sin tener la resolución de un juez superior.
Ante ello, la mañana de este lunes 24 de agosto del 2020, la presidenta del Consejo de la Judicatura aclaró que el actual CJ no ha destituido a nadie por error inexcusable, sin un pronunciamiento jurisdiccional previo. “Hemos ejercido nuestras competencias y atribuciones respetando la independencia judicial, seguridad jurídica y el debido proceso”, indica
El Pleno de la Corte Constitucional emitió este 23 de agosto, establece los requisitos que debe cumplir el Consejo de la Judicatura para emitir una sanción:
1. Referencia de la declaración previa de un juez en el que conste que existe dolo, manifiesta negligencia y error inexcusable.
2. El análisis de la idoneidad de los jueces para el ejercicio de su cargo
3. Razones sobre la gravedad de la falta disciplinaria
4. Un análisis motivado sobre los argumentos de la defensa de los funcionarios investigados
5. Detallar el tipo de sanción proporcional a la infracción.
De esta manera, el Consejo de la Judicatura deberá tener obligatoriamente la resolución de un juez superior para sancionar a algún juez, fiscal o defensor público.
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